En Oaxaca el juzgado suspendió el decreto del gobierno estatal que imponía multas y detención para las personas que no utilicen cubrebocas en vía pública.
El juez determinó que los gobiernos estatales no tienen la facultades constitucionales para imponer que persona alguna sea arrestada por no usar cubreboca, y por tanto es ilegal.
Te puede interesar: Policías someten con violencia a mujer por no acatar aislamiento
La sentencia resuelve que: Sólo el presidente de la república tiene facultades para dictar medidas restrictivas de derechos humanos y, por ende, concluye que el representante del Ejecutivo estatal carece de las atribuciones constitucionales para delegar a las autoridades, tanto del estado como a las municipales la aplicación de sanciones como la amonestación por apercibimiento, la multa o arresto hasta por 36 horas, en restricción de la libertad de tránsito con la exigencia de los juegos cubrebocas, mascarilla o cubierta facial.