El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) emitir lineamientos para regular y fiscalizar los procesos partidistas similar a la selección de la persona responsable de la Construcción del Frente Amplio por México que llevan a cabo los partidos del PRI, PAN y el PRD; y, a los «procesos partidistas similares» refiriendo claramente al que llevan a cabo los partidos de Morena, PT y Verde Ecologista para elegir al Coordinador de Defensa de la Cuarta Transformación.
La controversia en el Tribunal se dio por una demanda presentada por ciudadanos integrantes y representantes del Partido del Trabajo (PT) en contra de la Convocatoria emitida por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), dice el comunicado del TEPJF.
La resolución se basó en que este tipo de eventos partidistas «pueden vulnerar la equidad de la contienda si se permite su desarrollo sin regulación alguna, pues son mecanismos inéditos que los partidos están utilizando para definir, en colaboración con la ciudadanía, su participación en el próximo proceso electoral de la Presidencia de la República. No obstante, consideraron que invalidar la Convocatoria y suspender en su totalidad el proceso es una medida excesiva».
Los jueces del TEPJF «votaron por validar la Convocatoria, pero le ordenaron al INE emitir Lineamientos para regular este tipo de procesos con base en los siguientes parámetros:
- No se pueden utilizar las prerrogativas de radio y televisión de los partidos políticos para difundir o posicionar estos procesos partidistas ni a las personas que participan en ellos.
- No está permitido el uso de recursos públicos y las personas servidoras públicas deben acatar su deber de neutralidad e imparcialidad.
- Siguen prohibidos los actos anticipados de precampaña y campaña.
- El INE debe definir, conforme a la naturaleza de este tipo de procesos, qué tipo de propaganda está permitida, valorando la permanencia o retiro de la propaganda masiva en espectaculares, vehículos de transporte público y pintas de bardas. Además, debe garantizar el retiro de la propaganda que considere prohibida.
- Se debe implementar una fiscalización especializada para vigilar el origen y destino de los recursos utilizados en estos procesos, contabilizando todas las actividades y propaganda que beneficie o posicione a las personas participantes. El INE deberá emitir un informe con los gastos contabilizados y definir la consecuencia de esta fiscalización.
El INE tiene cinco días para emitir los lineamientos generales para regular y fiscalizar el proceso impugnado, y cualquiera similar».