En México, las jornadas laborales que exceden el límite legal ahora son consideradas explotación laboral y pueden ser castigadas con hasta 12 años de prisión, según la reciente reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas.
Desde el 7 de junio, las jornadas laborales que superan el límite legal establecido son oficialmente un delito de explotación laboral. Esta nueva normativa impone penas de hasta 12 años de prisión y sanciones económicas que oscilan entre 2 mil y 5 millones de pesos. La reforma entró en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos ahora incluye como delito exceder las horas máximas de trabajo permitidas por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Antes, la explotación laboral se definía únicamente bajo condiciones peligrosas y sin protección, cargas de trabajo desproporcionadas a la remuneración y sueldos inferiores al salario mínimo. Con la modificación, se incorpora una nueva dimensión: jornadas laborales que sobrepasan las 48 horas semanales y las horas extras, que no pueden superar las tres horas diarias ni las nueve horas semanales.
La reforma, aprobada por el Congreso de la Unión, establece que la explotación laboral por jornadas excesivas se configurará solo cuando se vulneren las disposiciones laborales vigentes. El tiempo extraordinario debe ser remunerado con un 100% más del salario correspondiente a las horas ordinarias de trabajo.
Con estas nuevas disposiciones, el mercado laboral enfrenta un reto significativo en la regulación y protección de las jornadas laborales, buscando un equilibrio entre la productividad y el bienestar de los trabajadores.