El reconocido notario y presidente de la Asociación de Empresarios de Puerto Vallarta y Bahía de Banderas (AEBBA), Fernando Castro Rubio, subraya que los poderes en cada una de sus dimensiones y atribuciones tienen limitantes que deben respetarse, y esto es precisamente lo que ha puesto sobre la mesa la Corte con su reciente resolución. Aunque el gobernador tiene control político sobre los 20 municipios al ser la máxima autoridad, es crucial recordar que estos tienen una autonomía consagrada en el artículo 115 de la Constitución, que les otorga atribuciones sobre el territorio, las cuales estaban siendo vulneradas por la extralimitación del ejecutivo estatal.
Un Precedente Jurídico y Político
Este fallo establece un precedente para el poder del Estado, al recordar la necesidad de respetar lo estipulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las atribuciones municipales. Estas facultades incluyen la autorización, control y vigilancia del uso de suelo, así como las obras de urbanización y edificaciones.
«Es decir, si bien el gobernador tiene un control político, como es el caso de Nayarit, este control no está a libre albedrío; tiene un marco de referencia que es tanto la Constitución General como la del propio Estado y las leyes que de ella emanen. Es algo que refuerza la estructura y el sistema jurídico mexicano, y es algo que celebramos. Lamentamos que hayan hecho esta reforma, donde le quitaban la autonomía al municipio y trataban de añadir un trámite que debía realizarse en Tepic», comentó Castro Rubio.
Análisis Jurídico y Económico
Al analizar jurídicamente lo que llevó al poder ejecutivo a emitir el decreto y al legislativo de Nayarit a aprobarlo, Castro Rubio mencionó que pudo tratarse de una confusión por parte del Congreso de Nayarit. El artículo 73 de la misma carta magna faculta al Congreso para legislar en materia de Desarrollo Urbano de manera general, estableciendo un marco jurídico estatal, no local, como lo hacen los reglamentos municipales.
Esto, según Castro Rubio, busca establecer comunicación y homologación entre Federación, estados y municipios, estableciendo reglas de referencia e interconexión. Sin embargo, no se descarta el intento de establecer un control político y económico para la repartición de los recursos emanados de Bahía de Banderas hacia otros municipios, dado el crecimiento económico significativo que ha tenido en comparación con otras localidades, lo cual sería también inconstitucional.
«Políticamente, es un tema de control. En la parte económica, no conozco a detalle las finanzas como para vaticinar que ese sea el objetivo, sobre todo porque al ser del mismo partido Morena, la Federación y el Gobernador, tendrían la facilidad de acceder a recursos en Hacienda. Sin embargo, puede ser, ya que las necesidades siempre son mayores al recurso existente, no solo en el municipio, sino también en el estado y la Federación», refirió.
La Autonomía Municipal como Pilar Constitucional
Concluyó que los municipios tienen una autonomía efectiva en materia de planeación, la cual debe respetarse tanto por el Congreso de la Unión como por las legislaturas locales. Nadie está por encima de la ley.







































































