El candidato del Verde podría volver a campaña en esta semana. En un caso idéntico se restituyó la candidatura. El fallo fue avalado por la Suprema Corte y elevado a categoría de Jurisprudencia obligatoria. El IEPC podría responder por daños, ya que su decisión es anticonstitucional.
Luis Munguía retorna a campaña, aseguran expertos en temas jurídico-electorales. Hace algunos fue presentado ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPCJ) el recurso legal para que sean respetados los derechos constitucionales de Luis Munguía a votar y ser votado.
El recurso legal, de acuerdo con Erika Ramírez, consejera del Partido Verde ante el IEPC, es totalmente procedente pues existe otros casos similares o ideńticos en otras entidades, que han sido resueltos a favor del candidato. En última instancia, se resuelve a favor del interesado por ser Derecho establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Podría ser esta misma semana que la resolución favorable llegue para Munguía. El Tribunal ordenaría de manera inmediata al órgano electoral incluir su nombre en la planilla para que el 6 de junio aparezca en la boleta por la Presidencia Municipal de Puerto Vallarta.
«Viene la mejor etapa, la que más nos gusta, seguir tocando puertas, viendo de frente a nuestra gente y explicarles la ruta que hemos trazado con grandes expertos en materias como Infraestructura, economía, desarrollo, innovación y tecnología, para facilitar el buen gobierno a favor de los vallartenses» finalizó el líder de El Verde.
Antecedentes similares: el caso Ángel García Carrillo
Hay un antecedente de las mismas características en el municipio de Cocula, Jalisco: es el de Ángel García Carrillo. El IEPC le negó el registro como candidato a presidente en el lugar número uno de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México, en el municipio de Cocula. El Consejo General señaló que, al haberse consultado la base de datos del Sistema Nacional de Registro de candidaturas obtuvo que el ciudadano Ángel García Carrillo, fue aprobado como precandidato en el proceso de selección interno del partido Movimiento Ciudadano.
El actor en su demanda hizo valer estos criterios:
- Refiere que cumplió con los requisitos estatutarios, legales y constitucionales para ser postulado como candidato al cargo de presidente por el municipio de Cocula, Jalisco, en el lugar número uno de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México, por tanto, no puede ser privado del derecho a ser votado por actos u omisiones imputables a un tercero, al haber sido registrado como precandidato por otro partido político.
- No participó de manera simultánea en los procesos internos que se le imputan, por ello, debe dejarse sin efectos el registro como precandidato del partido Movimiento Ciudadano que fue de carácter formal.
- No existe justificación para darle un trato diferenciado por haber participado en el proceso interno de un partido distinto al que lo postuló. De ahí que en aras de tutelar y respetar sus derechos humanos sobre cualquier cuestión formal o accesoria, a su juicio se debe ordenar a la autoridad responsable, proceda al registro de la candidatura impugnada.
El juicio 1404/2018 fue resuelto por la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral en Jalisco a favor del candidato. Fue además avalado por la Suprema Corte y elevado a categoría de Jurisprudencia obligatoria.
Luis Munguía retorna a campaña: pronóstico de García López
«Al momento en que Luis lo invoque, se tiene que observar porque es la misma resolución que emitió la sala en el proceso pasado, por lo que deberá restablecerse la candidatura a Luis Munguía”, informó Alejandro García López, Director de Asuntos Jurídicos del diputado local con licencia.
En este sentido, Alejandro García refirió que sabiéndose de antemano esta resolución, el Instituto Electoral de Participación Ciudadana volvió a aplicar dicho artículo, por lo cual se podría presentar una queja por daño, pues considera que hubo dolo.
“Entonces lo vuelven a aplicar en este proceso sabiendo que ya les habían ordenado que ese artículo es anticonstitucional. Lo hacen para dañarlo… hubo dolo porque al IEPC ya se le ordenó en el proceso pasado, en el caso de Cocula, que es el candidato del municipio, donde ya le dijeron que ya lo dejara de observar, es más, se le ordena no la aplique… y más que dolo, hubo línea…”
A este respecto, el abogado señaló que están analizando la posibilidad de presentar una queja por daño.
“Sí, puede ser daño, por ejemplo, ya no le van a poder reponer el tiempo perdido en campaña, y Luis tendrá que valorar, y nosotros en equipo, si hay alguna especie de sanción pecuniaria o moral, o que le den una disculpa pública, eso vamos a analizar porque el IEPC tiene obligación de dejar de aplicar el Artículo 208 el cual le aplicaron, porque es inconstitucional, eso de que haya participado en un proceso ya se declaró que era inconstitucional…”
Cabe destacar que casos similares se han dado también en Quintana Roo y Guerrero, donde han resuelto de la misma manera.